En las sociedades en nombre colectivo (SNC), todos los socios son gerentes
Una sociedad en nombre colectivo (SNC) es un tipo de sociedad formada a título personal por dos o más socios (la cantidad de socios puede ser ilimitada) todos los cuales tienen la calidad de ser comerciantes y responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria, de las obligaciones sociales de la sociedad, lo que implica que ante las situaciones de carácter legal, las deudas pendientes, los acuerdos y compromisos que incurra la sociedad a través de la firma de algunos de sus socios o gerentes, todos responden de manera subsidiara e ilimitada más allá del patrimonio de la sociedad, es decir, con su propio capital personal.
La sociedad en nombre colectivo (SNC) efectúa sus operaciones u objeto social amparado bajo la razón social compuesta por el nombre de uno o de varios de sus asociados seguida por las palabras “y compañía” o su abreviatura si en ella no figurasen los nombres de todos los socios que componen la sociedad comercial. Un ejemplo del nombre de una sociedad de nombre colectivo (SNC) es aquella que conforman los socios, Halcer Polanco, Pepe Rosario, Armando Guerrero pasaría a llamarse Polanco, Rosario, Guerrero & Compañía, o simplemente Polanco, Rosario, Guerrero & Cía.
En esta sociedad todos los socios son gerentes, salvo que los estatutos sociales prescriban la designación de un gerente general, quien administrará la sociedad en nombre de todos, y quien podrá ser uno de los propios socios o un tercero ajeno a la sociedad.
Dentro de los noventa días contados desde la clausura del ejercicio anual, quien funja como gerente tendrá el deber de someter a la Asamblea General de Socios el informe de gestión anual, así como el informe de los estados financieros de la sociedad,
Este tipo de sociedad podrá ser disuelta por la muerte de uno de los socios a menos que los estatutos estipulen que la misma podrá seguir con los sucesores del socio fallecido y bajo las condiciones que determinen los propios estatutos sociales.
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